Nacimiento indebido y concepción indebida: dos reclamaciones diferentes que a menudo se confunden

Una feliz familia de tres miembros riendo juntos mientras están tumbados en la hierba

Estos dos términos se utilizan indistintamente con bastante frecuencia, pero describen dos reclamaciones jurídicas distintas, basadas en hechos diferentes, con niveles de reconocimiento jurídico muy distintos de un estado a otro. Es importante comprender cuál de ellas se aplica realmente a una situación concreta, ya que la legislación relativa a cada una de ellas ha evolucionado por caminos verdaderamente diferentes.

Concepción no deseada: cuando un procedimiento o una receta médica fallan

Una demanda por concepción indebida, a veces denominada «embarazo indebido», suele derivarse de un procedimiento de esterilización fallido, como una ligadura de trompas o una vasectomía que no se realizó correctamente, o de un error de farmacia relacionado con los anticonceptivos. El núcleo de la demanda es una negligencia médica clara: un profesional sanitario cometió un error y se produjo un embarazo no deseado. En general, los tribunales se han mostrado más dispuestos a reconocer este tipo de demandas, aunque la indemnización suele limitarse a los gastos directamente relacionados con el embarazo y el parto en sí, en lugar de abarcar el coste total de criar a un niño sano.

Nacimiento indebido: una demanda diferente y más controvertida

Una demanda por «nacimiento indebido» es algo totalmente distinto. Se produce cuando un profesional sanitario, ya sea durante un tratamiento de fertilidad, un asesoramiento genético o la atención prenatal, incurre en negligencia al no diagnosticar o no comunicar una afección genética o congénita grave, privando así a los padres de la oportunidad de tomar una decisión plenamente informada sobre cómo proceder con el embarazo. Esta demanda corresponde a los padres, no al niño, y, cuando se admite, la indemnización por daños y perjuicios suele destinarse a cubrir los gastos extraordinarios que supone criar a un niño con necesidades médicas o de desarrollo significativas.

Por qué esta rama del Derecho varía tanto de un estado a otro

La demanda por «nacimiento indebido» se sitúa en la encrucijada entre la legislación sobre negligencia médica y el panorama jurídico más amplio —y muy controvertido— en torno a los derechos reproductivos, y la división entre los estados así lo refleja. Varios estados reconocen este tipo de demanda y permiten a los padres interponerla. Un número cada vez mayor de otros estados ha aprobado leyes que la prohíben específicamente, a menudo prohibiendo el argumento fundamental en el que se basa la demanda: que, de no haber existido la negligencia del profesional sanitario, los padres habrían elegido un camino diferente para el embarazo. Se trata de un terreno jurídico verdaderamente incierto y en constante cambio, y cualquier demanda por daños personales basada en ello presenta diferencias significativas en función del estado en el que se prestó la asistencia.

«Vida indebida»: una demanda que casi ningún tribunal reconocerá

Un concepto relacionado, pero distinto, es el de «vida indebida», en el que es el propio niño, y no los padres, quien interpone la demanda. Incluso en los estados que reconocen el «nacimiento indebido», los tribunales se han negado de forma abrumadora a reconocer las demandas por «vida indebida», en gran parte porque requieren sopesar la propia existencia del niño frente a su inexistencia, una comparación que la mayoría de los tribunales han considerado imposible de realizar de forma jurídicamente coherente.

Lo que suele ser necesario demostrar en estos casos

Ambos tipos de demanda se basan en los elementos habituales de la negligencia médica: un profesional sanitario tenía un deber de diligencia, incumplió la norma aplicable debido a un diagnóstico erróneo, un procedimiento fallido o un asesoramiento inadecuado, y dicho incumplimiento causó un perjuicio cuantificable. En el caso concreto del «nacimiento indebido», la documentación que refleje exactamente qué pruebas genéticas se ofrecieron, qué resultados se comunicaron y qué asesoramiento recibieron realmente los padres suele ser fundamental para el caso.

Qué hacer si crees que tienes uno de estos derechos de reclamación

  • Solicita tu historial completo de atención prenatal, asesoramiento genético o tratamientos de fertilidad, no solo un resumen.
  • Anota exactamente lo que te han dicho, y cuándo, sobre los resultados de cualquier prueba o sobre los posibles riesgos
  • Ten en cuenta que los plazos para presentar estas reclamaciones pueden ser distintos a los de un caso típico de lesiones, ya que a veces comienzan a contar desde el nacimiento del niño en lugar de desde la fecha en que se produjo la negligencia original.
  • Consulta con un abogado lo antes posible, ya que la posibilidad de presentar cualquiera de estas reclamaciones depende en gran medida del estado en el que se prestó la asistencia médica.

Dado que la legislación varía tanto y sigue cambiando, contar con un asesoramiento informado desde el principio —al igual que documentar minuciosamente cualquier accidente de tráfico desde el primer momento— ofrece al caso las mejores posibilidades de que se evalúe con precisión.

Te mereces respuestas claras sobre lo que ha ocurrido y qué opciones te quedan. Ponte en contacto con Dermer Law hoy mismo para una consulta gratuita.

Comparte el post:

700 S. Rosemary Ave. #204
West Palm Beach, FL 33401

clients@DermerLawFirm.com
Fax: (561) 260-5102